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La acción de amparo presentada por Diandino Peña para obtener acceso a un informe de su gestión en la Oficina para el Reordenamiento del Transporte (Opret) fue declarada inadmisible por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo (TSA) este viernes.

El tribunal, conformado por los jueces Antonio Sánchez Mejía, Franny González y Alina Mora, adoptó la decisión después de aceptar la solicitud del Ministerio Público, representado en el proceso por la procuradora fiscal Rosa Alba García, de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público.

Las partes accionadas, incluyendo la Procuraduría General de la República, la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca), la Procuraduría General Administrativa y la Cámara de Cuentas, presentaron un medio de inadmisión debido a que la acción de amparo era notoriamente improcedente.

Diandino Peña presentó una acción de amparo el 10 de febrero de 2023 a través de sus abogados Manuel Fermín Cabral, Juan Antonio Delgado, Pedro Balbuena y Gilbert de la Cruz Álvarez, con el objetivo de obtener acceso al informe de su gestión en la Opret durante el período del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2017.

La auditoría en cuestión se llevó a cabo durante una investigación especial sobre la construcción del Metro de Santo Domingo, cuando Peña era director de la Opret, y cubre el período del 1 de enero de 2013 al 31 de diciembre de 2017.