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“La sentencia recurrida no tomó en consideración adecuadamente el nivel de suficiencia y seriedad de los medios de pruebas obtenidos mediante la cooperación internacional. No se realizó una valoración exhaustiva de los elementos de prueba presentados, lo cual ha llevado a que los hechos establecidos por el tribunal no sean el resultado lógico y racional de todas las pruebas. Estos hechos deberían haber sido fundamentales para determinar la culpabilidad o absolución de los acusados».

Así se expresaron los miembros del tribunal de la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional con respecto a la decisión que absolvía a Rafael Antonio Peña, Carlos Picini Núñez y Daniel Aquino Hernández en el caso de sobornos relacionado con los Súper Tucanos.

Además de esta crítica, el tribunal revocó la sentencia de absolución, lo que significa que el juicio se reiniciará desde cero.

Pero, ¿qué llevó a estos jueces a tomar esta decisión? La sentencia emitida ayer lo explica en detalle.

El tribunal, presidido por Doris Pujols Ortiz e integrado por Rafael Báez y Carmen Mancebo, destacó que al analizar la decisión original, se evidencian contradicciones en la absolución de los implicados en el caso de los aviones Súper Tucano.

«Los vicios identificados por esta parte recurrente y confirmados por este tribunal nos impiden corregir directamente los errores señalados, ya que solo es posible subsanarlos a través de un nuevo juicio en el cual todas las pruebas puedan ser presentadas y evaluadas por nuevos jueces, teniendo en cuenta su comportamiento y declaración en un juicio oral, público y contradictorio, así como una valoración integral de los demás medios de prueba, tanto documentales como periciales e ilustrativos. Por lo tanto, procede admitir el recurso presentado, anular la sentencia y ordenar la celebración de un nuevo juicio, donde todas las pruebas presentadas sean evaluadas de manera adecuada y en estricto cumplimiento de las reglas del debido proceso», señaló el tribunal de apelación.

En relación a estas inconsistencias, los magistrados señalaron que, aunque el tribunal del juicio original admitió que la empresa Embraer distribuyó sobornos por un monto estimado de 3.5 millones de dólares en el país, no atribuyó responsabilidad penal a los acusados, a pesar de que había pruebas que indicaban quiénes recibieron el dinero.

«Por un lado, indica que a través de dicha documentación se puede comprobar que Embraer reconoce haber distribuido dinero en la República Dominicana para la compra de los aviones Súper Tucano, pero por otro lado, afirma que no se puede probar con dicha documentación la participación de los acusados, a pesar de que esos documentos señalan directamente a los acusados como las personas que recibieron esos pagos», se lee en parte del documento mencionado.

Asimismo, los jueces afirmaron que en el juicio original se le dio poca importancia a la documentación proveniente de Estados Unidos, obtenida a través de la Cooperación Jurídica Internacional, argumentando que esas declaraciones no surgieron de un «juicio.