Por Matias Curotto

El pasado 19 de agosto, el gobierno de Rio Negro paralizó temporalmente las operaciones del proyecto minero Calcatreu, ejecutadas por la empresa canadiense Patagonia Gold Corp. La disposición se hizo efectiva al concluir que dicha sociedad infringía la normativa de contratación de mano de obra local. La provincia exige, como mínimo, un 80% de empleados directos en la plantilla de cualquier proyecto minero, pero estos no son los únicos compromisos, sino que las empresas deben radicarse legal y fiscalmente en Rio Negro y suplirse localmente en un 60% de insumos y servicios para sus operaciones.
“Si los beneficios que debe dar este tipo de emprendimientos no son para los jacobacinos, los mayores beneficios no sirven”, sentenció el intendente de Ingeniero Jacobacci, José Mellado, departamento donde se ubica la mina Calcatreu.
Esta postura es compartida a lo largo de las provincias cordilleranas y patagónicas, que, en respuesta al boom de inversiones en minerales críticos, fortalecieron su legislación para la instalación de capitales exteriores y desarrollo de operaciones para la minería.
El fin de estas medidas es contener el crecimiento hacia adentro de la provincia. Los compuestos para la separación de materiales, los servicios de logística y mantenimiento, la instalación de módulos habitacionales, vestimenta y herramientas livianas, entre otros, se encuentran bajo la normativa del “compre local”.
Pero ¿Porqué sería un problema que las provincias incentiven la compra de insumos y contratación de mano de obra local?
El secretario de Minería de la nación, Luis Lucero, afirma que endurecer las normativas sobre los cupos de empleo local va en contra de la Constitución Nacional y restringe la competitividad del sector. “Todos sus habitantes son iguales ante la ley, y admisibles de empleo sin otra condición que la idoneidad”, indica el artículo 16 de la Constitución Nacional, introducir cupos que discriminen de manera geográfica a trabajadores de otra manera aptos, puede encontrarse en tensión con el principio de igualdad. A su vez, la disputa nacional–provincial no se limita al contenido de la ley, sino también a la potestad de dictar una normativa laboral y que ésta contradiga a lo establecido por la legislación de trabajo nacional. Constitucionalmente, de acuerdo con el Art. 75 inc. 12, esta facultad sólo corresponde al Congreso de la Nación.
La cuestión no se limita a una batalla legal, sino que pone en riesgo el atractivo del RIGI y de las grandes inversiones a escala internacional. Argentina podría quedarse fuera de proyectos de integración regional debido a las limitaciones geográficas para acceder al mejor talento, y al enfrentarse a los altos costos operativos de la industria abastecedora local. Este problema no es solo identificado por el secretario, un informe realizado por el Foro Económico Mundial afirma que ningún país latinoamericano reúne por sí solo todas las capacidades para construir nuevas cadenas industriales. Entre los principales desafíos regionales, nombra a la escasez de trabajadores especializados y las diferencias regulatorias entre países. Esto no significa que Argentina no tenga oportunidades de crecimiento por sí sola, ni que la industria minera no pueda desarrollarse en la región, al contrario, el potencial es enorme, pero si seguimos eligiendo el camino de la regulación y aislamiento quedaremos rezagados ante la competencia internacional.
Si bien es legítimo que las provincias velen por el crecimiento y desarrollo económico de sus habitantes, la vía regulatoria no tiene por qué ser la única opción para incentivar a aumentar la participación local en el circuito productivo.
“La verdadera solución para garantizar el empleo de las comunidades locales es la capacitación técnica continua y el fortalecimiento de la infraestructura educativa”, señala Lucero. Las provincias no solo deberían concentrarse en restringir, sino en generar programas de capacitación especializados y vincular iniciativas educativas entre universidades, ciudadanos y empresas. Esto permitiría formar profesionales especializados y cubrir los puestos técnicos requeridos por el sector de manera más competitiva, sin imponer a las empresas restricciones geográficas sobre la contratación de personal. En cuanto a la política de “compre local”, las posibilidades para que el sector crezca deben provenir de una matriz productiva más eficiente. Las provincias deben crear las condiciones para que sus industrias puedan ser consideradas en base a su competitividad y alineación con los estándares internacionales, en lugar de constituirse como la única opción para el productor. En este sentido, la reducción de cargas impositivas a la producción es crucial, las provincias deben fomentar incentivos fiscales a quienes inviertan en el desarrollo de proveedores y a quienes incorporen tecnologías y “know - how” del más alto nivel.
La otra gran necesidad para posicionar a Argentina como un destino favorable para las inversiones, es garantizar un marco jurídico integral y que al mismo tiempo se incentive la producción en grandes escalas. Para ello, el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI) ha logrado captar más de 50.000 millones de US$ y generar más de 90.000 puestos de trabajo entre directos e indirectos, afirma el Ministerio de Economía. La controversia suscitada sobre la legislación laboral y abastecimiento local podría atentar contra la estabilidad y el flujo de inversiones. Una posible judicialización en el sector, originada en un conflicto como en el de Rio Negro, generaría fuertes incertidumbres a un sector que requiere certezas a largo plazo, la poca previsibilidad ante las reglas laborales aplicables retrasaría y aumentaría el riesgo percibido para nuevos proyectos. En este sentido, la integración necesaria con procesos productivos, rutas de comercio y economías de escala regionales podría verse seriamente amenazada por estas disputas.
En síntesis, el presente análisis no tiene como objetivo criticar a las provincias y autoridades locales por priorizar el desarrollo y bienestar de sus ciudadanos, pues esta es la principal función por la que fueron instituidas. Sino que, busca indicar los posibles problemas que puede traer priorizar este desarrollo en desmedro del marco constitucional y a través de medidas proteccionistas que limiten la competitividad. El trabajo advierte la necesidad de proponer posibles alternativas para el crecimiento de estas localidades, alternativas que permitan un crecimiento económico sostenible y competitivo, sin establecer restricciones que puedan entrar en conflicto con el ordenamiento jurídico nacional.