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El abogado Yan Carlos Martínez, de la organización Rescate Democrático, calificó como improcedente e inusual que la Suprema Corte de Justicia concediera la libertad provisional al suspendido alcalde por La Romana, Juan Antonio Adames (Tony Adames).

El jurista aseguró que esta decisión viola varios artículos del Código Procesal Penal y una sentencia del Tribunal Constitucional, ya que la misma carece de una debida motivación.

Además, el mismo afirmó que causa suspicacia la forma en que se produjeron los hechos y la manera  poco rigurosa en que se aplicó el derecho.

“Nos referimos al hecho de que el condenado ex alcalde de la Romana, Juan Antonio Adames Bautista, haya sido puesto en libertad EN SOLO 13 DIAS la Suprema Corte de Justicia conoció el caso, libertad que se le concedió sin que la Suprema Corte de Justicia, haya ofrecido mediante su resolución una motivación adecuada y suficiente, más bien resulta una decisión carente de motivación lo que constituye una violación al artículo 24 del código procesal penal y a las directrices sobre la debida motivación del Tribunal Constitucional establecida mediante sentencia TC/0009/13”.

De igual forma, Martínez dijo que las motivaciones de la Suprema Corte “no constituyen en modo alguno una debida motivación con argumentos coherentes y lógicos”.

El jurista dijo que esta decisión judicial deja en el ideario de muchos ciudadanos la idea de que “puede más el cabildeo y las relaciones políticas, el estar pegado, que las leyes y el debido proceso”.

El abogado dijo que las causales por las que puede ser admitido un recurso de revisión, son las siguientes conforme al artículo 428 del código procesal penal:

1) Cuando después de una sentencia condenatoria por el homicidio de una persona, su existencia posterior a la época de su presunta muerte resulta demostrada por datos que constituyan indicios suficientes

2) Cuando en virtud de sentencias contradictorias estén sufriendo condena dos o más personas por un mismo delito, que no pudo ser cometido más que por una sola.

3) Cuando la prueba documental o testimonial en que se basó la sentencia es declarada falsa en fallo posterior.

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) fijó audiencia pública para el 15 de noviembre próximo. Allí conocerá los méritos de un recurso de revisión interpuesto por Juan Antonio Adames (Tony Adames), contra la sentencia penal en su contra.

La audiencia se realizará a las 9:00 de la mañana, en el salón de audiencias de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia, en el Centro de los Héroes, Distrito Nacional.

La medida de la SCJ está contenida en el documento mediante el cual se dispone la interrupción de la ejecución de la decisión judicial que condena a dos años de cárcel al suspendido alcalde por La Romana.

La acusación

El Ministerio Público acusa a Tony Adames de falsificación y uso de documentos, prevaricación, desfalco y por constituirse en asociación de malhechores en perjuicio del Estado dominicano.

El expediente acusatorio contra el edil es el No. 334-2022-EPEN-00896, sustentado en violaciones a los artículos 123, 145, 150, 151, 166, 265, 266, del Código Penal Dominicano.

Por ese caso se le dictó prisión domiciliaria, como medida de coerción, pero, para el cinco de septiembre de 2017, al edil le fue variada la medida de coerción a presentación periódica e impedimento de salida del país.