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Donald Guerrero y José Ramón Peralta, exministros de Hacienda y de la Presidencia respectivamente, han llegado a la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, donde buscarán este jueves la modificación de la medida cautelar impuesta el 4 de abril pasado debido a su presunta implicación en el caso Operación Calamar.

Bajo estrictas medidas de seguridad, ambos exfuncionarios fueron trasladados desde el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Najayo Hombres, en San Cristóbal, donde cumplen 18 meses de prisión preventiva. El expediente de la Operación Calamar consta de más de tres mil páginas y más de 1,200 elementos de prueba, que detallan cómo los miembros de esta red desviaron más de 17 mil millones de pesos del Estado, sumados a unos 2,100 millones en deudas administrativas, totalizando más de 19 mil millones.

De los 20 implicados en el expediente presentado por la acusación, los imputados Ángel Lockward, Alejandro Constanzo, Roberto Santiago Moquete, Marcial Reyes, Ana Linda Fernández, Emir Fernández de Paola, Oscar Chalas Guerrero, Rafael Parmenio Rodríguez, Agustín Mejía Ávila y Víctor Matías Encarnación admitieron su participación en esta estructura de corrupción desmantelada en la Operación Calamar.

Además de los mencionados, el expediente también incluye al exministro de Obras Públicas, Gonzalo Castillo; al excontralor general de la República, Daniel Omar Caamaño; al exdirector del Consejo Estatal del Azúcar (CEA), Luis Miguel Piccirilo; al exdirector de Catastro Nacional, Claudio Silver Peña; y a los exdirectores de Casinos y Juego de Azar, Oscar Chalas Guerrero y Julián Omar Fernández.

También se encuentran mencionados Yahaira Brito Encarnación, Aldo Antonio Gerbasi y Ramón David Hernández.

La imputación preliminar del Ministerio Público contra los acusados incluye conductas tipificadas en el artículo 146 de la Constitución de la República, así como los artículos 123, 166, 171, 172, 174, 175, 177, 265, 266 y 405 del Código Penal. Además, se les imputan violaciones a las leyes 448-06 y 311-14, así como a la Ley 155-17 contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo, y la Ley 33-18 sobre Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos.